| Término | Definición |
|---|---|
| Abogar |
Privar totalmente de vigencia una ley, reglamento o código. Dejar sin efecto una disposición legal que puede ser expresa, por una disposición especÃfica o en virtud de un precepto contenido en una disposición posterior; o puede ser tácita, es decir, resultante de la incompatibilidad que existe entre las disposiciones de la misma ley y de la anterior. |
| Abonar |
Acreditar en las cuentas las diferentes partidas que corresponden al haber. Una cuenta se abona cuando aumenta el pasivo, cuando aumenta el capital o cuando disminuye el activo. Hacer pagos parciales a cuenta de un adeudo. Registrar los ingresos percibidos como una utilidad diferida o postergada, sin computarla entre los beneficios realizados, hasta el momento en que el servicio se presta. |
| Accesorios |
Elemento que depende de lo que es principal, como puede ser el seguro de vida al contratar un préstamo hipotecario, o un seguro de daños tratándose de un préstamo automotriz. Dependiente secundario. |
| Accion |
TÃtulo que representa una de las partes iguales en que se divide el capital de una sociedad. Sirve para acreditar los derechos de los socios. Cada una de las partes en que se considera dividido el capital social de una sociedad anónima o de una sociedad en comandita por acciones. TÃtulo de crédito que sirve para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio, en esta clase de sociedades. La acción posee tres valores: nominal, contable y de mercado. El valor nominal es aquél que resulta de dividir el capital social entre el número de acciones de la empresa en un determinado momento. El valor contable de una acción es aquél que resulta de dividir el capital contable entre el número de acciones de la empresa en un determinado momento. El valor de mercado es aquél que la oferta y la demanda determinan en cierto momento y con cierto volumen de operaciones. |
| Accion bursátil o con liquidez |
Es aquel tÃtulo que tiene una amplia aceptación en el mercado de valores, registrando un elevado Ãndice de operaciones y garantizando su venta. La acción más bursátil es aquélla que registra un mayor número de operaciones en bolsa. |
| Acción cambiaria |
La que se ejercita por falta de aceptación parcial o total de un tÃtulo de crédito, por carecer éste de pago parcial o total. |
| Acción cambiaria directa |
Derecho que tiene el tenedor de un tÃtulo de crédito para exigir a los obligados el pago del importe del mismo y de los accesorios legales. Se dice que es directa la acción cambiaria cuando se ejercita contra el aceptante o sus avales. |
| Acción en tesorerÃa |
Son los tÃtulos nominativos de una empresa que no han sido suscritos. En las sociedades anónimas, las acciones en tesorerÃa son aquéllas que no están suscritas al momento de su constitución, sino que del total del capital social emitido, únicamente se suscribe el mÃnimo legal. Las sociedades anónimas no pueden adquirir sus propias acciones, salvo por adjudicación judicial en pago de créditos de la sociedad. En tal caso venderá las acciones dentro de tres meses a partir de la fecha en que legalmente pueden disponer de ellas; si no lo hiciere en ese plazo, las acciones quedarán extinguidas y se procederá a la consiguiente reducción del capital. |
| Acción preferente |
Son aquéllas que gozan de ciertos privilegios o derechos sobre las demás acciones que integran el capital social de una sociedad, tales beneficios se refieren generalmente a la primacÃa en el pago en caso de liquidación o amortización, cuando ésta ha sido prevista en los estatutos, asà como la percepción de dividendos que, casi siempre, se limita a un porcentaje determinado sobre el valor de aportación de esta clase de documentos. |
| Acción volátil |
Se denomina asà a los tÃtulos cuyo precio en el mercado sufre mayor variación que las demás. Es posible expresar que el mercado de valores es volátil cuando el Ãndice de cotizaciones manifiesta variaciones acentuadas. |
| Acciones al portador |
Aquéllas que no expresan el nombre de su propietario y cuya cesión se verifica por la sola transmisión del tÃtulo. Dichos tÃtulos son negociables sin necesidad de endoso, y transferibles mediante su simple entrega, como se hace con los bonos que contienen cupones (bonos al portador), los certificados o tÃtulos de acciones llevan también cupones de dividendos, numerados o fechados. En México sólo existen acciones nominativas. |
| Acciones amortizables |
Son los tÃtulos que, de acuerdo con la Ley General de Sociedades Mercantiles y la escritura constitutiva de la empresa, pueden adquirirse con las utilidades repartibles por disposición de la asamblea de accionistas. |
| Acciones con valor nominal |
Aquéllas en que se hace constar numéricamente el valor de la aportación. |
| Acciones convertibles |
Acción preferente cuyo tenedor puede cambiarla por una acción común. |
| Acciones de aportación retenidas en pren |
Son cuentas de orden que tienen como finalidad registrar a valor nominal, el importe de las acciones que debe retener la sociedad en calidad de depósito, durante dos años, cuando hayan sido cubiertas en especie. |